- 30 días corridos para acusar recibo y pronunciarse sobre una solicitud.
- Prorrogable una sola vez por hasta 30 días corridos más.
- Respuesta por escrito, con respaldo que acredite envío, fecha y contenido íntegro.
- Si deniegas, debes fundar e informar al titular que tiene 30 días hábiles para reclamar ante la Agencia.
Los cinco derechos
Saber qué tienes de mí
Solicitar y obtener confirmación de si sus datos están siendo tratados, acceder a ellos y a la información prevista en la ley.
Corregir lo inexacto
Que se modifiquen o completen sus datos cuando sean inexactos, desactualizados o incompletos.
Eliminar
Que se eliminen sus datos en los casos que la ley contempla.
Oponerse al tratamiento
Oponerse a que sus datos sean tratados en determinadas circunstancias.
Llevárselos
Obtener sus datos y transferirlos a otro responsable. Es uno de los derechos nuevos respecto del régimen anterior.
Bloqueo temporal
Suspender temporalmente el tratamiento mientras se resuelve una solicitud fundada. Denegarla sin causa justificada es infracción grave.
El procedimiento, paso a paso
- Recepción. Debes mantener un domicilio postal, correo electrónico o medio equivalente actualizado y operativo. No tenerlo es infracción leve por sí solo.
- Acuse de recibo de la solicitud.
- Pronunciamiento dentro de 30 días corridos desde el ingreso. Prorrogable una sola vez por hasta 30 días más.
- Respuesta por escrito al domicilio o correo fijado por el titular.
- Conservación de respaldos que permitan demostrar la remisión, su fecha y el contenido íntegro. Esta es la evidencia que te va a pedir una fiscalización.
- Si deniegas, total o parcialmente, funda la decisión indicando la causa y los antecedentes, e informa al titular que dispone de 30 días hábiles para reclamar ante la Agencia.
El silencio y la demora se sancionan
Omitir la respuesta, responder de forma incompleta o fuera de plazo es infracción leve. Pero impedir u obstaculizar el ejercicio legítimo de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición o portabilidad es infracción grave, con techo de 10.000 UTM.
¿Cuánto tiempo tengo para responder a un titular?
30 días corridos desde el ingreso de la solicitud, prorrogables una sola vez por hasta 30 días corridos más. Debes acusar recibo y responder por escrito.
¿Puedo denegar una solicitud?
Sí, total o parcialmente, pero debes fundar la decisión indicando la causa invocada y los antecedentes que la justifican, e informar al titular que tiene 30 días hábiles para reclamar ante la Agencia.
¿Qué evidencia debo conservar?
Respaldos que permitan demostrar la remisión de la respuesta a la dirección física o electrónica correspondiente, su fecha y el contenido íntegro de ella.
- Ley N° 21.719 — artículos 5º y siguientes, 34 bis y 34 ter.
Revisado el 5 de agosto de 2026. Información general; no constituye asesoría legal.